Procedimiento especial para microempresas de la Ley Concursal

En el dinámico mundo empresarial, la agilidad y eficiencia en los procesos legales son cruciales. El Procedimiento Especial para Microempresas, regulado por el Real Decreto Legislativo 1/2020 y modificado por la Ley 16/2022, ofrece una solución específica para aquellos deudores que cumplen con ciertos criterios. Este proceso, gestionado a través del Servicio Electrónico de Microempresas, simplifica la solicitud y permite a los deudores y acreedores cumplir con sus obligaciones de manera más eficiente.

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Descripción del procedimiento

El Servicio Electrónico de Microempresas se erige como la herramienta fundamental para llevar a cabo el Procedimiento Especial para Microempresas. Este procedimiento es aplicable a personas naturales o jurídicas dedicadas a una actividad empresarial que enfrentan probabilidad de insolvencia. Para acceder a este procedimiento, deben cumplir con dos condiciones fundamentales:

Emplear a menos de 10 trabajadores de media en el año anterior a la solicitud.

Contar con un volumen de negocio anual inferior a 700,000 € o un pasivo inferior a 350,000 € según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

La gestión de los formularios se realiza exclusivamente en línea a través del Servicio Electrónico de Microempresas.

Pasos a seguir

Una vez completado y enviado el formulario correspondiente a través del Servicio Electrónico de Microempresas, los usuarios deben seguir los siguientes pasos:

  1. Descargar el formulario PDF resultante.
  2. Remitirlo a través de la Plataforma de Comunicación o Sede Judicial de la Comunidad Autónoma correspondiente.
  3. O enviarlo directamente al órgano judicial utilizando la conectividad con LexNET del Servicio Electrónico de Microempresas.
  4. El sistema proporcionará información detallada sobre el proceso de envío.

Comunicación con entidades acreedoras

En casos donde se haya solicitado el procedimiento especial de continuación y la Agencia Estatal de Administración Tributaria y/o la Tesorería General de la Seguridad Social sean acreedores, es esencial comunicar la presentación de la solicitud en un plazo de 72 horas. Esto se realiza a través de los servicios específicos de la AEAT y la TGSS, donde se puede aportar la documentación necesaria para respaldar la solicitud.

¿Quién puede acceder?

El acceso al Procedimiento Especial para Microempresas está disponible para:

  • Órganos Judiciales
  • Abogados y Procuradores
  • Administradores Concursales
  • Deudores y Acreedores
  • Asistentes Jurídicos

El Procedimiento Especial para Microempresas, facilitado por el Servicio Electrónico de Microempresas, representa una herramienta crucial para agilizar y simplificar los procesos concursales. Cumplir con los requisitos establecidos y seguir los pasos detallados garantiza una gestión eficiente, beneficiando tanto a deudores como a acreedores en el complejo entorno legal y financiero. La incorporación de tecnología y conectividad mejora la comunicación y la transparencia en cada fase del proceso, marcando un avance significativo en la adaptación de la ley concursal a las necesidades cambiantes del mundo empresarial.

Si necesitas abogados especialistas en concurso de acreedores express o procesos especiales para micropempresas, contacta con nosotros y llama al 932209453

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