En el ámbito de las deudas, las empresas tienen el derecho legal de contactar a familiares, amigos o incluso el lugar de trabajo del deudor para recuperar el importe pendiente. No obstante, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece ciertas condiciones para garantizar la legalidad de estas prácticas.
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La AEPD reconoce que las empresas pueden ceder datos de un deudor a terceros con el objetivo de saldar la deuda. Este proceso se considera legal siempre que se respeten ciertos límites. La entidad que busca recuperar la deuda puede utilizar la información personal proporcionada por el deudor durante la firma del contrato que generó la deuda. Además, la AEPD permite el contacto con familiares, amigos e incluso compañeros de trabajo.
A pesar de la legalidad del contacto con terceros, la AEPD establece una condición crucial: no se debe comunicar la cuantía de la deuda ni la condición de deudor a estas personas. El objetivo principal es contactar al deudor para saldar la deuda pendiente, sin revelar detalles sensibles a terceros.
La inclusión de una persona en un fichero de morosos, o tratamiento de solvencia patrimonial y crédito, tiene requisitos específicos según la AEPD. Entre ellos, se destaca la necesidad de que los datos sean proporcionados por el acreedor o su representante, la existencia de una deuda cierta, vencida y exigible, y que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha de vencimiento.
La AEPD impone obligaciones al acreedor, como informar al deudor sobre la posibilidad de inclusión en sistemas de morosos al momento del contrato o requerimiento de pago. Asimismo, se exige notificar al afectado sobre la inclusión de sus datos en un plazo de treinta días y la oportunidad de ejercer los derechos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/679.
Según datos del Banco de España, la morosidad de los hogares en el país se sitúa en un 5,64%. Este dato resalta la relevancia de las prácticas de recuperación de deudas y la importancia de cumplir con la normativa para proteger los derechos de los deudores.
En resumen, el contacto con familiares para reclamar deudas es legal siempre y cuando se sigan las pautas establecidas por la AEPD. La protección de datos y el respeto a la privacidad son fundamentales en este proceso, y las empresas deben actuar dentro de los límites legales para evitar posibles consecuencias. Con la información proporcionada por la AEPD, las empresas pueden llevar a cabo prácticas de recuperación de deudas de manera ética y legal.
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