Deudas no cancelables con la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad constituye un recurso legal fundamental para las personas físicas, incluyendo particulares y autónomos, que se encuentran en situación de insolvencia. Permitiéndoles renegociar o cancelar total o parcialmente sus deudas. Esta legislación, con su doble función social y de efectividad en el cobro, equilibra los intereses tanto de los deudores como de los acreedores.

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Requisitos para acceder a la segunda oportunidad

Para beneficiarse de la segunda oportunidad, los individuos deben cumplir con ciertos criterios, incluyendo la residencia en España o la presencia de intereses significativos en el país, así como tener deudas con al menos dos acreedores distintos.

Deudas no cancelables

Pensión de alimentos: Este tipo de deuda, destinada al sustento de excónyuges, descendientes o ascendientes. No puede exonerarse completamente bajo la Ley de Segunda Oportunidad, hasta el límite establecido por el juez.

Deudas derivadas de ilícitos penales y responsabilidad extracontractual: Las obligaciones resultantes de actividades delictivas o responsabilidad civil no pueden ser canceladas mediante este mecanismo legal.

Obligaciones asumidas en nuevos planes de pago: En caso de optar por la exoneración con un plan de pagos, las nuevas deudas contraídas durante este período no son cancelables bajo la Ley de Segunda Oportunidad.

Deudas públicas que superan el límite legal: La legislación establece límites para la exoneración de deudas públicas. Como los impuestos a Hacienda y a la Seguridad Social, que no pueden exceder los 10.000 euros cada una. Cualquier saldo pendiente debe ser gestionado mediante un plan de pagos con la respectiva administración pública.

Deudas cancelables con la segunda oportunidad

La mayoría de las deudas pueden ser parcial o totalmente canceladas bajo la Ley de Segunda Oportunidad. Incluyendo préstamos, tarjetas de crédito, hipotecas, microcréditos, facturas, deudas con proveedores, así como aquellas con Hacienda y la Seguridad Social.

Además, el deudor puede retener su vivienda habitual, incluso si tiene hipoteca, siempre que esté al día con los pagos correspondientes. Si el valor de la vivienda es inferior al de la hipoteca, se seguirán abonando las cuotas hipotecarias mientras el resto de las deudas son exoneradas. Si no existe hipoteca o esta es menor que el valor de la vivienda, se establece un plan de pagos para abordar las deudas que puedan ser exoneradas.

Importancia de contar con expertos

Para garantizar el éxito del proceso de segunda oportunidad, es esencial contar con el asesoramiento de abogados especializados que diseñen la estrategia jurídica adecuada y brinden acompañamiento integral durante todo el procedimiento.

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Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia. 

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