Debify cancela 65.000 euros en Valencia

Nuevo éxito de debify: cancelamos 65.000 euros en Valencia gracias a la Ley de Segunda Oportunidad. Un nuevo Acuerdo Extrajudicial de Pagos nos ha permitido liberar de sus deudas a una familia valenciana, acosada desde hacía años por sus acreedores. Te contamos cómo funciona el proceso y cómo puedes ser la próxima persona en reiniciar su vida económica con la Ley de Segunda Oportunidad.

Cancelamos 65.000 euros en Valencia con la Ley de Segunda Oportunidad

Hace menos de tres meses, Daniel G. M. contactó con nosotros para pedir ayuda con su situación económica. Él y su familia estaban atravesando una mala tesitura económica. Debían dinero y su esposa, que era la principal fuente de ingresos de la familia, se había quedado sin trabajo a causa de la crisis tras la Covid-19.

Ya habían tenido problemas con sus acreedores, que los llamaban constantemente. Y eventualmente pasaban temporadas más angustiosas, como cuando los pequeños iniciaban el colegio. Pero habían logrado ir reduciendo su deuda muy poco a poco gracias a los ingresos de Amparo, su esposa.

Ahora, con Amparo sin trabajo, la situación económica prometía empeorar. De modo que contactaron con nosotros y les ayudamos a volver a empezar gracias a la segunda oportunidad. Hemos pensado que compartir su historia y sus principales dudas sería interesante para otras personas en su situación.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

La primera duda que suelen tener las personas que nos consultan es quién puede acogerse a este sistema. Encontramos la respuesta en la Ley Concursal, que es la que regula el proceso de Segunda Oportunidad.

Conforme a sus artículos 631 y 632, tiene derecho a solicitar el acceso al mecanismo de segunda oportunidad:

  • El deudor, persona natural en situación de insolvencia, que no hubiera sido declarado en concurso.
  • Siempre que la estimación inicial del valor de su pasivo no sea superior a cinco millones de euros.

A continuación, el artículo 634 de la Ley Concursal añade algunas prohibiciones. Así, no puede pedir la segunda oportunidad quien:

  • Haya sido condenado en sentencia firme por delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, la Hacienda Pública, la Seguridad Social, los derechos de los trabajadores o por falsedad documental dentro de los 10 años anteriores a la solicitud.
  • O, en los últimos 5 años, haya alcanzado un Acuerdo Extrajudicial de Pagos, homologación judicial de un acuerdo de refinanciación o declarado en concurso de acreedores.
  • Y quien ya se encuentre negociando un acuerdo de refinanciación o se haya admitido a trámite su solicitud de concurso.

¿Cuándo conviene solicitar la segunda oportunidad?

Últimamente leemos muchos titulares en los que despachos como debify cancelan deudas de cientos de miles de euros con la Ley de Segunda Oportunidad. Además, el umbral de los cinco millones de euros hace que muchas personas piensen que el proceso solo es idóneo para grandes deudas.

Nada más lejos de la realidad. Basta con estar en situación de insolvencia para que la segunda oportunidad sea una buena opción. Si bien es cierto que ante pequeñas deudas suele haber otras opciones, no es necesario que la situación del insolvente sea de extremada gravedad.

Por tanto, cuando alguien sabe que no va a poder pagar sus deudas a tiempo, lo mejor que puede hacer es contactar con un abogado especializado en la materia. Puedes contactar con nosotros y nuestros especialistas en segunda oportunidad analizarán tu situación. Estudiarán si la segunda oportunidad es una buena solución en tu caso concreto y te guiarán en los siguientes pasos del proceso.

¿Cómo se gestiona el proceso de segunda oportunidad?

Una vez hemos comprobado que la persona en situación de insolvencia reúne los requisitos para acogerse a la segunda oportunidad hay que preparar la solicitud. En esta se declararán todos los activos y pasivos, identificando a los acreedores del insolvente.

Es posible que haya que presentar dos solicitudes cuando la deuda afecta a un matrimonio casado en régimen de gananciales. Este no fue el caso de Daniel y Amparo.

Presentada la solicitud en el Notario, este instará el nombramiento de un mediador concursal. Una vez designado podremos iniciar las negociaciones.

Dispondremos de un plazo de dos meses para llegar a un acuerdo con los acreedores. Acuerdo conocido como Acuerdo Extrajudicial de Pagos (recomendamos nuestro artículo sobre la materia para más información).

Sin embargo, lo cierto es que no siempre se consigue que un mediador acepte el cargo. Además, hay veces en que resulta inviable llegar a un acuerdo. Para estas situaciones se reserva una segunda fase del proceso, el concurso consecutivo.

Durante el concurso consecutivo será un juez, y no las partes, quien auspiciará el caso. Ordenará la liquidación del patrimonio del deudor y posteriormente podrá concederle el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) para cancelar el resto de sus deudas.

¿Cómo funciona el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho?

La principal ventaja del BEPI es que para que nos lo concedan solo debemos reunir los requisitos indicados en la Ley Concursal. Esta requiere que el deudor lo sea de buena fe. Es decir:

  • Que el concurso no se declare culpable.
  • Y que no existan los antecedentes penales antes descritos.

Además, es necesario que la liquidación del patrimonio del deudor derive en el pago de los créditos contra la masa y los concursales privilegiados. También se exigirá que se haya intentado celebrar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos o, al menos, que se haya pagado el 25% del importe de los créditos concursales ordinarios.

Si no se dispone de liquidez podrá concederse el BEPI provisionalmente. Que se eleve a definitivo dependerá del cumplimiento de un plan de pagos, exigiéndose además:

  • No haber rechazado oferta de empleo adecuada en los últimos 4 años.
  • Ni haber incumplido los deberes concursales de colaboración e información.
  • Por último, no haber obtenido otro BEPI en los últimos 10 años.

Cumpliendo estos requisitos se considerará al deudor de buena fe y se cancelarán todos los créditos que no haya podido pagar.

Pero, como hemos visto, en ocasiones ni siquiera es necesario pedir el BEPI. Generalmente puede lograrse una salida rápida, efectiva y segura a la insolvencia gracias a la negociación.

Como ejemplo está el caso de Daniel y Amparo, vecinos valencianos que cancelaron una deuda de 65.000 euros con la ayuda de nuestros abogados de segunda oportunidad en Valencia. Bastó una dación en pago y algo de destreza en la negociación para poder librarles de todas sus deudas y facilitarles una vuelta a empezar. ¿Quieres que te ayudemos a ti también a deshacerte de tus deudas?


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Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia. 

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