Cuenta atrás para pedir la segunda oportunidad: ahora o nunca

La próxima reforma de la Ley Concursal ha puesto en marcha la cuenta atrás para pedir la segunda oportunidad. El próximo 30 de junio de 2022 muchas personas podrían quedar desprotegidas, por lo que se recomienda solicitar el proceso lo antes posible a todas las personas en situación de insolvencia.

La clave radica en que actualmente se permite exonerar la deuda pública gracias a una Sentencia del Tribunal Supremo. Una vez se actualice la ley, esta posibilidad podría quedar excluida, lo que supondría un agravio para todas las personas que todavía no hubieran iniciado el proceso.

Los más perjudicados serían los autónomos o aquellas personas que hubieran quebrado con un negocio, derivándose deudas con Hacienda o la Seguridad Social. Te contamos qué está pasando y te recordamos que puedes contactar con nosotros para que solicitemos inmediatamente el inicio del proceso y te pongamos a salvo de las nefastas consecuencias que podría tener esta reforma.

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¿Por qué se debe solicitar la segunda oportunidad ahora?

La cancelación de créditos públicos con la Ley de Segunda Oportunidad siempre ha sido conflictiva. Sobre esta cuestión hemos escrito varios artículos, para explicar en base a qué argumentos se podrían cancelar las deudas con Hacienda y con la Seguridad Social.

Básicamente hacíamos referencia a dos cuestiones:

  • Formalmente, el Derecho Europeo requería a los Estados para ofrecer a los autónomos una forma de volver a empezar de cero. Idea que no casa con la conservación de deudas, por lo que parecía evidente que las deudas públicas debían cancelarse al recurrir a este sistema.
  • Materialmente, y aunque la normativa nacional trató de evadir esta cuestión, el Tribunal Supremo determinó que efectivamente se podrían cancelar las deudas públicas recurriendo a este sistema.

El problema es que, actualmente, la fuente que tenemos disponible para deshacernos de todas nuestras deudas es la jurisprudencia. Es decir, hasta ahora la ley quedaba sobrepasada por el criterio judicial. Pero esta situación podría cambiar si se reforma la norma.

¿Qué supone la reforma de la Ley Concursal?

La entrada en el nuevo marco normativo dejará a los jueces sin argumentos para cancelar las deudas públicas. Aunque ahora mismo la mayoría de los órganos jurisdiccionales son favorables a esta exoneración, si la Ley Concursal la excluye ya no habrá nada que hacer.

Y la clave aquí es que, de hecho, la nueva Ley Concursal impide que se exoneren más de 1.000 € de deuda con Hacienda y otros 1.000 € de deuda con la Seguridad Social.

El por qué de estas cuantías es un misterio duramente criticado. De nuevo estamos ante una reforma conflictiva de la normativa concursal. Pero, debates aparte, lo que sí está claro es que las personas en situación de insolvencia lo tendrán más difícil para volver a empezar una vez entre en vigor la nueva norma.

¿Cuándo termina la cuenta atrás para pedir la segunda oportunidad con plenos efectos?

En principio, el 30 de junio de 2022 deberá estar en vigor la nueva norma. Esto supone que todas las personas que quieran acogerse a la actual doctrina deberán presentar su solicitud lo antes posible.

Aunque la nueva redacción no debería aplicarse a solicitudes presentadas antes de la fecha señalada, todavía pueden cambiar las circunstancias. Lo que implica que estamos en una verdadera situación de urgencia.

Desde debify, como especialistas en cancelación de deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad, no podemos sino recomendar que si te encuentras en situación de insolvencia contactes con nosotros ya mismo.

Nuestra rápida forma de trabajo nos permite tener los trámites iniciados en menos de 15 días. Lo que resulta clave en estos momentos si quieres deshacerte de tus deudas públicas.

¿Qué pasará si no pido la segunda oportunidad antes del 30 de junio?

La segunda oportunidad no va a terminar. Además, todavía podrás utilizar otros mecanismos extrajudiciales, como la negociación. De modo que desde debify podremos seguir ayudándote a sanear tu situación financiera.

El problema radica en si tienes deudas públicas. Si este es tu caso, la posibilidad de exonerarlas podría desaparecer. Al menos cuando superen el exiguo umbral de los 1.000 euros planteados por la nueva norma.

De modo que la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal no te afectará especialmente si tus deudas solo son privadas. Pero en caso contrario, deberías tomar cartas en el asunto lo antes posible para poder librarte de tus deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

Entonces, ¿puedo cancelar mis deudas públicas?

En estos momentos sí. Ahora mismo hay muy pocos órganos jurisdiccionales que se nieguen a cancelar estas deudas. De modo que si contactas con nosotros podemos iniciar tu expediente y lograr que se te exonere no solo de tus deudas privadas sino también de las públicas.

Sin embargo, una vez que se apruebe la nueva Ley Concursal (cuya fecha prevista es el 30 de junio) tus expectativas de éxito decaerán. Lo más probable es que la posibilidad de cancelar deudas públicas se cierre, al menos hasta que exista otro cambio en la normativa o la jurisprudencia.

De modo que, si necesitas cancelar tus deudas públicas, lo que debes hacer es solicitar la segunda oportunidad de inmediato. Contacta con nosotros y en menos de quince días habremos preparado y presentado la solicitud.

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