En tiempos de aprietos financieros, es común recurrir a familiares o amigos cercanos para obtener ayuda económica. Ya sea para la entrada de una vivienda, la compra de un automóvil o el pago de deudas. Sin embargo, esta práctica puede suscitar preocupaciones en relación con las implicaciones fiscales ante Hacienda. La Agencia Tributaria vigila de cerca los préstamos entre familiares para determinar si realmente son préstamos o si constituyen una forma encubierta de donación.
Abordaremos las claves para distinguir entre una donación y un préstamo entre particulares. Así como las medidas necesarias para formalizar correctamente un préstamo y evitar posibles problemas con Hacienda.
Contáctanos y descubre si puedes
Cuando un padre otorga dinero a un hijo, por ejemplo, para la entrada de una vivienda, es fundamental distinguir si se trata de un préstamo o una donación. En el caso de un préstamo, el dinero debe ser devuelto, ya sea con o sin intereses, según lo acordado entre las partes. Por otro lado, si el padre decide regalar el dinero a su hijo, se considera una donación, lo que implica la formalización de un contrato ante notario y el pago del correspondiente impuesto de sucesiones y donaciones.
Es esencial comprender que los préstamos entre familiares son reconocidos legalmente y están sujetos al impuesto de transmisiones patrimoniales, en su modalidad onerosa. Por lo tanto, es crucial establecer las condiciones del préstamo de manera clara y precisa para evitar malentendidos con Hacienda.
Uno de los escenarios más comunes en los que los padres prestan dinero a sus hijos es para la adquisición de una vivienda. Los bancos otorgan préstamos hipotecarios que cubren hasta el 80% del valor del inmueble, dejando al comprador la responsabilidad de financiar el resto. En estas circunstancias, es frecuente que los familiares intervengan para proporcionar el capital adicional necesario.
Este principio se aplica de manera similar en otros contextos, como los préstamos entre cónyuges o los préstamos de hijos a padres. En todos estos casos, es esencial seguir los procedimientos adecuados para evitar que Hacienda interprete erróneamente la transacción como una donación.
Para formalizar un préstamo entre particulares y evitar que Hacienda lo considere una donación, es fundamental elaborar un contrato detallado que incluya los siguientes elementos:
Fecha y datos personales: El contrato debe incluir la fecha de firma y los datos personales tanto del prestamista (padre) como del prestatario (hijo).
Intereses y plazos: Debe especificarse si el préstamo se otorga con o sin intereses, así como el importe exacto del préstamo y los plazos para su devolución.
Forma de devolución: Se debe detallar la forma en que se devolverá el dinero, preferiblemente mediante transferencias o movimientos bancarios que dejen un rastro documental.
Amortización y cancelación: El contrato puede contemplar la posibilidad de amortización o cancelación anticipada del préstamo, así como las medidas a seguir en caso de impago.
Una vez redactado y firmado el contrato, se debe presentar una copia en Hacienda mediante el Modelo 600, correspondiente al impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Es importante destacar que esta presentación debe realizarse dentro del plazo legal establecido, que suele ser de 30 días desde la recepción del dinero por parte del prestatario.
En conclusión, al seguir estos pasos y formalizar adecuadamente un contrato de préstamos entre familiares, es posible evitar malentendidos con Hacienda y garantizar la transparencia y legalidad de la transacción. Es fundamental estar al tanto de las obligaciones fiscales y seguir los procedimientos establecidos para evitar posibles sanciones o complicaciones en el futuro.
Contáctanos y descubre si puedes
Responsable: DEBIFY ALSP, S.L Finalidad: Dar respuesta a las solicitudes de información, legitimación: consentimiento del interesado, destinatarios: no se comunicarán datos a terceros, derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Política de Privacidad.
Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia.