¿Cómo funciona el acuerdo extrajudicial de pagos?

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Si has investigado el funcionamiento de la Ley de Segunda Oportunidad, seguramente hayas leído acerca del acuerdo extrajudicial de pagos. Esta es, en general, la puerta de acceso al mecanismo de segunda oportunidad.

En nuestro artículo de hoy vamos a analizar qué es el acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), cómo iniciarlo y cuáles son sus efectos. Estás a punto de descubrir las ventajas de esta herramienta, que van más allá de la mera renegociación de las deudas.

El acuerdo extrajudicial de pagos en la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de la Segunda Oportunidad fue aprobada para permitir a particulares insolventes volver a empezar. Se La Ley de la Segunda Oportunidad fue diseñada para permitir a particulares y autónomos insolventes liberarse de sus deudas y comenzar de nuevo. Se trata de una medida dirigida a personas naturales que, actuando de buena fe, no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas.

Hasta la reforma de 2022, el proceso de segunda oportunidad incluía dos fases:

  • El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP): una negociación con acreedores para evitar el concurso.
  • El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI): la cancelación de deudas no pagadas tras el concurso.

Sin embargo, desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, el procedimiento ha cambiado sustancialmente:

  • El acuerdo extrajudicial de pagos ha dejado de ser obligatorio. Ahora se puede acceder directamente a la solicitud de exoneración sin necesidad de intentar primero el AEP.
  • El BEPI ha sido sustituido por la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), que puede solicitarse con o sin liquidación de patrimonio.

Aun así, el AEP sigue existiendo como una opción voluntaria, útil en ciertos casos para reestructurar deuda y evitar la declaración de concurso. Pero ya no es la puerta de entrada obligatoria al mecanismo de segunda oportunidad.

¿Cómo funciona el AEP?👇

El acuerdo extrajudicial de pagos sigue siendo un mecanismo legal para negociar con los acreedores fuera de los tribunales. Aunque ya no es obligatorio, se puede recurrir a él si se desea intentar una solución pactada previa a la vía concursal.

Para iniciarlo, el deudor debe presentar una solicitud formal con información completa sobre su situación económica. A esta solicitud se acompaña documentación relativa al patrimonio, ingresos, deudas y acreedores.

Una vez presentada, se designa un mediador concursal que actúa como figura neutral para facilitar las negociaciones. El mediador analizará la viabilidad de un acuerdo y convocará a los acreedores para estudiar un plan de pagos.

Este plan puede incluir:

  • Quitas (reducción del importe total de las deudas)
  • Esperas (aplazamientos de pago)
  • Cesión de bienes o pagos parciales
  • Conversión de deuda en otros instrumentos financieros

Si los acreedores aceptan mayoritariamente el plan, el acuerdo será vinculante. Si no hay acuerdo, el procedimiento se cierra y el deudor puede solicitar el concurso consecutivo y, en su caso, la exoneración de deudas.

Solicitud del acuerdo extrajudicial de pagos📃

La solicitud del AEP sigue regulada por la Orden JUS/2831/2015, aunque hoy en día su uso es menos común que antes de la reforma.

El formulario se puede descargar fácilmente en plataformas jurídicas como LexGo App. En caso de optar por esta vía, el formulario se presenta ante el notario del domicilio del deudor, o bien en el Registro Mercantil o Cámara de Comercio si se trata de un empresario.

No obstante, debido a la complejidad y las implicaciones del procedimiento, se recomienda encarecidamente contar con el asesoramiento de un abogado especializado en la Ley de Segunda Oportunidad. La estrategia adecuada puede marcar la diferencia, sobre todo si el objetivo es conservar determinados activos o evitar la liquidación patrimonial.

Efectos de la iniciación de las negociaciones

Aunque el AEP ya no es obligatorio, si se inicia, tiene efectos jurídicos importantes:

  • Se paralizan las ejecuciones judiciales y extrajudiciales desde el nombramiento del mediador concursal.
  • No se pueden iniciar nuevas acciones individuales contra el deudor.
  • Se suspende el devengo de intereses.
  • Los acreedores no pueden mejorar su posición respecto a otros.

Estos efectos generan un respiro económico para el deudor mientras se negocia una posible solución consensuada.

¿Qué medidas pueden acordarse durante las negociaciones del AEP?

Durante el acuerdo extrajudicial de pagos se pueden pactar distintas soluciones de reestructuración de deuda:

  • Quitas: Reducción del importe a pagar. En función del porcentaje de adhesión, pueden eliminarse los límites previos del 25 %.
  • Esperas: Aplazamiento del pago de las deudas, que puede extenderse hasta 10 años si el plan es ampliamente aceptado.
  • Conversión de deuda: En préstamos participativos, instrumentos convertibles, etc.
  • Daciones en pago: Entrega de bienes para saldar deuda.

Estas herramientas permiten adaptar la deuda a la capacidad económica del deudor y evitar el procedimiento judicial.

¿Puedo saltarme el acuerdo extrajudicial de pagos?

Lo cierto es que sí. Muchas veces se plantea el acuerdo extrajudicial de pagos como una primera etapa del Sí. Desde la reforma de 2022, el AEP ya no es un paso obligatorio para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Ahora puedes solicitar directamente la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI) si cumples con los requisitos de buena fe establecidos por la ley. Además, existen dos modalidades:

  1. Con liquidación del patrimonio: Se venden los bienes y se cancelan las deudas restantes.
  2. Sin liquidación del patrimonio: Si el deudor tiene ingresos regulares, puede conservar sus bienes y pagar parte de la deuda durante un plazo de 3 a 5 años.

En ambos casos, la intervención judicial es más directa y ágil, y el procedimiento se ha simplificado considerablemente respecto al sistema anterior.

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