¿A quién le debo y cuánto? Descubre en 6 pasos el secreto para liberarte de las deudas olvidadas y viejas reclamaciones

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En el complejo mundo de las deudas, es común perder el rastro de quién es el acreedor, cuánto se debe y, en algunos casos, si esa deuda sigue siendo válida. En este artículo abordaremos cómo funciona la prescripción de las deudas en España, qué sucede cuando tus deudas son cedidas a fondos de recobro, y cómo puedes aprovechar esta información para empezar de nuevo y librarte de las reclamaciones.

La prescripción: no todo lo que no te reclaman desaparece

La prescripción es una figura jurídica que establece un límite de tiempo para que el acreedor pueda reclamarte una deuda. Sin embargo, es importante saber que la prescripción no opera automáticamente. Es el deudor quien debe invocarla como una excepción en caso de reclamación judicial.

  • Plazos más comunes:
    • Deudas personales o préstamos: 5 años.
    • Deudas de tarjetas de crédito: 5 años.
    • Deudas hipotecarias: 20 años.
    • Deudas tributarias y multas: 4 años.

Además, el plazo de prescripción puede interrumpirse cuando el acreedor realiza una acción que demuestra su intención de cobrar la deuda, como enviarte una carta de reclamación certificada, interponer una demanda judicial o incluso mediante tu reconocimiento explícito de la deuda. Es importante prestar atención a estas acciones, ya que reinician el contador a cero.

Cesión de deudas: cuando te reclama alguien que no conoces

Otro escenario común es la cesión de deudas a fondos de recobro o empresas especializadas en gestión de impagos. Esto ocurre cuando el acreedor original vende la deuda a estas entidades, generalmente con un descuento, transfiriéndoles el derecho a reclamar el importe adeudado.

¿Qué debe saber el deudor sobre la cesión?

  1. La notificación es clave:
    Según el artículo 1526 del Código Civil español, para que la cesión sea válida frente al deudor, debe notificársele. Si esto no ocurre, el deudor podría seguir pagando al acreedor original y liberar la deuda, aunque esta haya sido cedida.
  2. Jurisprudencia relevante:
    La jurisprudencia ha enfatizado que la falta de notificación puede invalidar ciertas reclamaciones de los fondos de recobro. Por ejemplo, se ha establecido que si el deudor no fue informado de forma clara y fehaciente, no puede considerarse válida la transferencia del derecho de cobro frente a él.
  3. Reclamos abusivos:
    Los fondos de recobro a veces intentan cobrar intereses o cantidades adicionales no reconocidas en el contrato original. Estos abusos pueden ser impugnados, especialmente si la deuda es antigua y ya había prescrito antes de la cesión.

¿Cómo empezar de nuevo?

Si tienes deudas antiguas de las que no sabes ni el origen ni el importe exacto, el primer paso es solicitar un informe detallado, como el CIRBE (Central de Información de Riesgos del Banco de España) para verificar tus obligaciones financieras actuales. Después:

  1. Revisa los plazos de prescripción: Si crees que han pasado los años establecidos por la ley, consulta con un abogado para invocar la prescripción en caso de reclamación.
  2. Valida la cesión de deudas: Si te reclama un fondo de recobro, exige la notificación formal y la documentación que acredite la cesión.
  3. Impugna abusos: Si detectas irregularidades, como cobros indebidos o cláusulas abusivas, puedes impugnarlas judicialmente.

¿Cómo encontrar tus deudas y liberarte de ellas?

Si te encuentras en esta situación, el primer paso es organizar tu información financiera. Puedes solicitar un informe CIRBE para identificar qué deudas siguen activas y con qué acreedores. Luego:

  1. Verifica la prescripción: ¿Ha pasado el tiempo legalmente establecido?
  2. Exige la notificación en cesiones de deuda: Si te reclama un fondo de recobro, asegúrate de que te hayan notificado formalmente.
  3. Consulta con expertos: En Debify, analizamos tu situación y te ayudamos a cancelar deudas antiguas o ilegítimas.

En Debify, te ayudamos a descubrir a quién le debes, cuánto y cómo salir de esa deuda. ¡Tu limpieza financiera comienza aquí!

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