El cierre registral en el Registro Mercantil es una sanción que impide inscribir documentos relacionados con una sociedad. Los dos motivos principales para el cierre son la falta de depósito de las cuentas anuales y la baja provisional en el Índice de Entidades de la Agencia Tributaria.
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Falta de depósito de cuentas anuales: La falta de presentación de las cuentas anuales bloquea la inscripción de nuevos actos registrales, aunque existen algunas excepciones. Esto puede detener operaciones clave como cambios en los órganos sociales, aumento de capital, o inscripción de poderes.
Baja en el índice de entidades: Ocurre cuando una empresa no presenta las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades durante los últimos tres años. Esta situación provoca la baja provisional en el Índice de Entidades de la Agencia Tributaria, impidiendo así la inscripción de cualquier documento en el Registro Mercantil.
Depósito de cuentas: La solución más directa es elaborar y depositar las cuentas anuales de los últimos tres ejercicios. Una vez regularizadas, el Registro Mercantil levantará el cierre registral.
Alta en el índice de entidades: Para resolver la baja en el Índice de Entidades, es necesario presentar todas las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades omitidas y solicitar formalmente la alta en la Agencia Tributaria.
El concurso de acreedores es un procedimiento judicial que se inicia cuando una empresa no puede hacer frente a sus obligaciones de pago. Mantener al día las obligaciones registrales es crucial durante este proceso para evitar complicaciones adicionales. El cierre registral puede dificultar la reestructuración de la empresa y agravar su situación de insolvencia.
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Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia.