¿Qué pasa si se me olvida hacer la declaración de la renta?

La declaración de la renta es uno de los trámites fiscales más importantes del año para los contribuyentes. Sin embargo, en ocasiones, puede ocurrir que se nos olvide realizarla dentro del plazo establecido. ¿Qué sucede entonces? ¿Cuáles son las implicaciones y posibles consecuencias?

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Declaración fuera de plazo sin requerimiento previo por parte de Hacienda

Si te das cuenta de que has olvidado presentar tu declaración de la renta antes de que Hacienda te lo requiera, tendrás que hacerlo de manera extemporánea. Sin embargo, ten en cuenta que la Agencia Tributaria aplicará recargos si la declaración te tocaba pagar:

  • El recargo será un porcentaje igual al 1% más otro 1% adicional, por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso.
  • Este recargo excluye las sanciones que pudieran exigirse y los intereses de demora devengados hasta la presentación de la autoliquidación o declaración.
  • Si la presentación se realiza después de 12 meses desde el término del plazo establecido, el recargo será del 15% y también excluirá las sanciones que pudieran aplicarse.
  • Además, se exigirán intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación.
  • Es importante tener en cuenta que el recargo puede reducirse en un 25% de su importe en ciertos casos y con los requisitos previstos en la Ley General Tributaria.

Declaración a devolver fuera de plazo

Si tu declaración resulta a devolver y la presentas fuera de plazo con requerimiento previo de la Administración, implicará una sanción de 200 euros. Sin embargo, si la presentas fuera de plazo pero sin requerimiento previo, la sanción y los límites mínimo y máximo serán la mitad, es decir, 100 euros.

Declaración fuera de plazo con requerimiento previo por parte de Hacienda

Si recibes un requerimiento por parte de Hacienda debido a una declaración no presentada, lo recomendable es presentarla inmediatamente. De lo contrario, se iniciará un procedimiento sancionador que puede conllevar una sanción de entre el 50% y el 150% del total de la deuda, graduada según diferentes circunstancias.

Entre las posibles acciones que puede tomar Hacienda se encuentran la reducción por conformidad, que implica una reducción del 30% si aceptas la sanción impuesta, y la reducción por pago, que supone un descuento del 40% (una vez aplicada la reducción por conformidad) si se ingresa la sanción en el período voluntario de pago.

Además, obtener devoluciones indebidamente mediante facturas, justificantes o documentos falsos puede acarrear sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% de las devoluciones indebidamente obtenidas.

Recuerda siempre revisar todos los datos antes de presentar la declaración, especialmente el apartado relativo al domicilio fiscal, para evitar problemas futuros con Hacienda. ¡No descuides tus obligaciones fiscales y evita contratiempos! Recuerda que si tienes deudas con Hacienda de hasta 10.000 euros, puedes cancelarlas mediante la ley de la segunda oportunidad.

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Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia. 

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