Normativa de préstamos al consumo

Hace unos años, específicamente en junio de 2011, se aprobó la Ley 16/2011 de contratos de créditos al consumo. Aunque ha pasado un tiempo desde entonces, es esencial comprender esta normativa debido a su significancia en las economías familiares, a pesar de que muchos desconocen su contenido.

Contáctanos y descubre si puedes

Cancelar tus deudas

¿Qué es un crédito al consumo?

La definición de crédito al consumo según la Ley 16/2011 es amplia y puede generar confusiones. En términos simples, se refiere a cualquier préstamo concedido a un consumidor bajo la forma de pago aplazado, préstamo, apertura de crédito u otro medio equivalente de financiación.

Para fines de esta Ley, el consumidor se define como toda persona física que accede a estos préstamos con una finalidad distinta a su actividad comercial o profesional. Es importante destacar que los créditos al consumo no incluyen préstamos otorgados a personas jurídicas ni aquellos destinados a actividades comerciales o profesionales.

Información al consumidor

La Ley establece obligaciones detalladas para los prestamistas e intermediarios en cuanto a la información proporcionada al consumidor. Esto incluye la publicidad, la información previa al contrato y los términos del contrato mismo. El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en la anulación del contrato.

La Ley también requiere asesoramiento individualizado para ayudar al consumidor a seleccionar la opción de préstamo más adecuada según su situación financiera.

Derecho de desistimiento y reembolso anticipado

Una de las novedades más importantes de la Ley es el derecho de desistimiento, que permite al consumidor cancelar el contrato dentro de los 14 días posteriores a la firma, sin necesidad de justificación. Asimismo, se garantiza el derecho de reembolso anticipado, aunque pueden aplicarse comisiones según las condiciones del contrato.

Contratos vinculados

Los préstamos vinculados, aquellos que financian específicamente la adquisición de bienes o servicios, tienen implicaciones especiales. Si el consumidor cancela la compra dentro del plazo establecido por la Ley, no está obligado a mantener el préstamo. Además, el prestamista puede ser responsable si los bienes o servicios no se entregan o no cumplen con lo acordado.

Arbitraje: ¿Consumo o privado?

La Ley permite la resolución extrajudicial de conflictos a través del arbitraje. Esto puede llevarse a cabo mediante los sistemas de arbitraje de consumo públicos o, en algunos casos, mediante instituciones de arbitraje privado. Sin embargo, los organismos de arbitraje específicos para el sector financiero aún no existen en España.

En resumen, la normativa de préstamos al consumo es amplia y detallada, con el objetivo de proteger los derechos de los consumidores y garantizar la transparencia en las transacciones financieras. Es importante para todos los ciudadanos comprender sus derechos y responsabilidades al solicitar un préstamo al consumo.

En debify, somos un despacho de abogados especializados en la Ley de la Segunda Oportunidad y Concurso de Acreedores. Si tienes deudas por más de 10.000 euros y necesitas asesoramiento legal estamos en todas las ciudades de España, incluyendo Gran CanariaLas PalmasSan Cristóbal de la LagunaSanta Cruz de TenerifeBurgosValladolid, entre otros.

Contáctanos y descubre si puedes

Cancelar tus deudas


Responsable: DEBIFY ALSP, S.L Finalidad: Dar respuesta a las solicitudes de información, legitimación: consentimiento del interesado, destinatarios: no se comunicarán datos a terceros, derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Política de Privacidad.

logo espana

Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia. 

envelopephone-handset