Desde la aprobación del Real Decreto 1007/2023, muchas empresas se preguntan si tienen que adaptar su software de facturación al nuevo sistema VeriFactu.
Una duda común es qué pasa con las empresas inactivas o las que están en un concurso de acreedores express. En este artículo te lo explicamos de forma sencilla.
¿Qué es VeriFactu?
VeriFactu es el nuevo sistema que regula cómo deben generar y guardar las facturas las empresas y autónomos.
El objetivo es garantizar la transparencia y evitar modificaciones o fraudes en la facturación.
En resumen, obliga a que el software de facturación:
- Genere facturas con registro seguro y trazable.
- Pueda enviar esa información directamente a la Agencia Tributaria (AEAT).
- Cumpla los requisitos técnicos del R.D. 1007/2023.
Plazos de entrada en vigor:
- Empresas (Sociedades): 1 de enero de 2026
- Autónomos: 1 de julio de 2026
Empresas inactivas: ¿deben usar VeriFactu?
Si tu empresa no tiene actividad y no emite facturas, la respuesta es sencilla: ¡No estás obligada a implantar VeriFactu mientras esa situación continúe!
Esto se debe a que la obligación solo aplica a quienes emiten facturas con un sistema informático de facturación.
Si no emites ninguna, no tienes que usar el sistema.
Sin embargo, ten en cuenta lo siguiente:
- Es importante declarar y documentar la inactividad de la empresa (por ejemplo, en el Registro Mercantil o ante Hacienda).
- Si en el futuro vuelves a facturar, deberás adaptar tu software a VeriFactu desde ese momento.
Empresas en concurso de acreedores express
Si tu empresa está en concurso de acreedores express, puede encontrarse en dos situaciones:
1. La empresa sigue activa y emite facturas
En ese caso, sigue obligada a cumplir con las normas de facturación.
Por tanto, cuando entre en vigor el sistema, deberá usar un software compatible con VeriFactu.
2. La empresa ha cesado completamente su actividad
Si no emite facturas ni realiza operaciones, se aplica la misma regla que para las empresas inactivas: No está obligada a implementar VeriFactu mientras no haya facturación.
Eso sí, el administrador concursal o el responsable legal debe asegurarse de que la empresa realmente esté sin actividad y de mantener los documentos que lo acrediten.
Complementa la información con este blog sobre: Concurso de acreedores para microempresas: guía completa y actualizada 2026.
Consejos prácticos
- Si no emites facturas, no necesitas adaptar tu software todavía.
- Deja constancia oficial de la inactividad o cese de operaciones.
- Si planeas reactivar la empresa, consulta con tu asesor para hacerlo ya conforme a VeriFactu.
- Mantén tus sistemas contables actualizados para evitar sanciones futuras.
Conclusión
Una empresa inactiva o en concurso de acreedores sin actividad no tiene que usar VeriFactu por el momento.
La obligación solo nace cuando se emiten facturas.
No obstante, si decides volver a operar o facturar, deberás cumplir con el R.D. 1007/2023 y usar un software adaptado al nuevo sistema.
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