En ese caso es normal que tengas dudas sobre si te concederán la prestación. Para encontrar la respuesta a tu pregunta, continúa leyendo la información que vamos a darte en este artículo.
No, no se puede cobrar una pensión si se tiene alguna deuda con la Seguridad Social. Esta imposibilidad tiene su fundamento legal en la Ley de la Seguridad Social, que establece que los trabajadores responsables de cotizaciones deben estar al corriente del pago de las mismas para el reconocimiento de las prestaciones económicas de la Seguridad Social.
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En el caso de trabajadores que sean responsables del ingreso de cotizaciones, para el reconocimiento de las correspondientes prestaciones económicas de la Seguridad Social será necesario que el causante se encuentre al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social, aunque la correspondiente prestación sea reconocida, como consecuencia del cómputo recíproco de cotizaciones, en un régimen de trabajadores por cuenta ajena.
La Ley de la Seguridad Social, en su artículo 47.1, establece que si un autónomo solicita una pensión a la Seguridad Social y no puede cobrarla porque tiene una deuda pendiente, esta administración está obligada a realizar la invitación al pago antes de dar respuesta a dicha solicitud, para que el interesado haga el pago en un plazo improrrogable de 30 días naturales desde la invitación.
Si el autónomo realiza el pago dentro del plazo establecido en la invitación al pago, quedará al día con la Seguridad Social. De lo contrario, se le retendrá un 20% de la prestación de pago único o subsidio temporal, y en caso de ser una pensión, se le concederá al mes siguiente una vez que se ponga al corriente.
En caso de no poder pagar la deuda en el plazo establecido, se puede solicitar un aplazamiento del pago a la Seguridad Social. Sin embargo, si no se cumple con los acuerdos establecidos, se suspende el pago de la pensión hasta que la deuda sea saldada.
Para consultar si tienes alguna deuda pendiente con la Seguridad Social, debes ingresar a la Sede Electrónica de esta administración. A través de esta página podrás comprobar tus deudas y seleccionar las que quieras pagar.
Si tienes deudas con la Seguridad Social pero no puedes hacer frente a su pago, existe una solución legal a tu disposición: la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta ley permite a los deudores insolventes cancelar total o parcialmente sus deudas, además de paralizar todo tipo de embargos.
Desde la reforma de 2022, se pueden cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad hasta 10.000 euros de deuda con la Seguridad Social. Si tienes deudas por encima de este monto, el resto de la deuda se incluiría en un plan de pagos diseñado para ti.
Si necesitas ayuda para cancelar tus deudas con la Seguridad Social, contáctanos. Somos abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad y te ayudaremos a resolver tu situación financiera.
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