Experiencias con la Ley de la Segunda Oportunidad

En nuestro artículo de hoy reunimos experiencias con la Ley de la Segunda Oportunidad gracias a las cuales particulares y autónomos han podido librarse de todas sus deudas.

Recuerda que si te encuentras en alguna de estas situaciones y necesitas cancelar tus deudas siempre puedes acudir al mecanismo de segunda oportunidad. Basta con que contactes con un especialista y podrás decir adiós a esas deudas impagables.

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Autónomo cancela una deuda de casi 4 millones de euros

La Vanguardia publicó un artículo a finales de 2019 en el que contaba el caso de V. Bitrián, barcelonés que atravesó un mal escenario económico con su hospedería rural. Este autónomo intentó negociar sin éxito con sus acreedores y finalmente tuvo que recurrir al mecanismo de segunda oportunidad.

Para ello tuvo que liquidar incluso su domicilio familiar, aun tratándose de un elemento patrimonial que en ocasiones puede rescatarse. En cualquier caso, le fue concedido el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, que permite cancelar las deudas impagables.

Bitrián reconoce haberlo pasado muy mal ya que los autónomos, hasta la aprobación de la Ley 25/2015, podían perder todo su patrimonio y seguir arrastrando deudas. En este caso consiguió resolver su situación personal, ya que su concurso fue declarado fortuito.

Tratándose de una persona natural y siendo su deuda de buena fe, Britián cumplía con los requisitos que exige la Ley de Segunda Oportunidad para iniciar el procedimiento.

Tras tramitar todo el proceso, una deuda de casi 4 millones de euros fue cancelada.

Autónomo cancela una deuda de 200.000 euros

La segunda de las experiencias con la Ley de la Segunda Oportunidad que resaltamos nos la trae El Confidencial. En este caso, M. Cortés tuvo una mala racha que convirtió su empresa de aire acondicionado en un agujero de deudas.

  1. Cortés describe una situación que padecen muchas personas con deudas: el acoso de los acreedores. Constantemente recibía reclamaciones y amenazas judiciales, hasta que oyó hablar de la Ley de la Segunda Oportunidad.

Aunque dubitativo en un principio, en cuanto inició los trámites empezó a ver la luz. Relata, sorprendido, que las comunicaciones del banco dejaron de ser amenazantes para consistir en ofertas de crédito, una vez cancelada su deuda de 200.000 euros.

Cancelación de créditos públicos gracias a la Ley de Segunda Oportunidad

Pero si en algo ha resultado revolucionaria esta norma es en implantar la posibilidad de cancelar créditos públicos. Hablamos de deudas con la Seguridad Social y con Hacienda, que son muy frecuentes entre los autónomos insolventes.

Aunque en principio la ley era confusa, el Tribunal Supremo dictó una Sentencia histórica en 2019. Hablamos de la STS n.º 381/2019, que señaló que las deudas públicas podrían introducirse en el plan de pagos, lo que permitía al Juez concursal anularlas mediante la concesión del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.

Hasta entonces parecía imposible librarse de este tipo de deudas. De hecho, asociaciones como ATA siguen reclamando la modificación de la Ley, para que su redacción de adecúe a la interpretación que hacen los tribunales.

En definitiva, la STS n.º 381/2019 confirmó la SAP Palma de Mallorca n.º 260/2016, ofreciéndonos otra satisfactoria experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad, gracias a la cual otro autónomo consiguió librarse de sus deudas públicas.

Juzgado en Badalona “perdona” una deuda por la Ley de la Segunda Oportunidad

El propio Consejo General del Poder Judicial nos ofrece esta nota de prensa que relata otra experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad. En este caso se trata de una exoneración de casi 600.000 euros, de la que se benefició una vecina.

La resolución en la que se concede el beneficio de exoneración está adjunta en la página a la que enlaza el hipervínculo. Se podrá comprobar que este ha sido concedido porque la deudora no contaba con patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas y se pudo apreciar su buena fe.

La lástima es que emplee un término tan poco jurídico como “perdonar”, tratándose del CGPJ. Tal vez habría sido más acertado y menos condescendiente emplear el término “exonerar”.

También los avalistas pueden cancelar sus deudas

El Heraldo nos trae otra experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad, en este caso una avalista de Zaragoza. Su deuda ascendía a más de 300.000 euros, ya que había avalado la empresa de congelados de su marido.

Este caso es más frecuente de lo que parece: el deudor principal se arruina durante la crisis (hablamos del entorno de 2008) y su cónyuge o sus familiares, que lo habían avalado, comienzan a recibir las reclamaciones. Por mucho que tan solo sean avalistas, la presión de los acreedores, que solo quieren recuperar su dinero, es la misma.

Por tanto, en estos casos pueden acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad y cancelar los créditos que asumen por responsabilidad solidaria o subsidiaria. Para ello basta con que cumplan los requisitos de que la ley exige.

Exonerado el pago de casi dos millones de euros en Sevilla

Esta es la última experiencia con la Ley de la Segunda Oportunidad que queremos compartir con vosotros. En este caso se trata de un sevillano de 60 años, que arrastraba una deuda de casi dos millones de euros a causa de una mala inversión inmobiliaria.

La noticia, obtenida de EuropaPress, analiza cómo cada vez es más frecuente acogerse a este mecanismo. De hecho, sitúa en 500 los andaluces que han recurrido a la Ley de la Segunda Oportunidad, estableciendo un ratio de éxito del 89 %.

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