Ley de Segunda Oportunidad y herencias

¿Cómo se relacionan la Ley de Segunda Oportunidad y las herencias? Ya sabes que cuando un familiar fallece, los herederos no solo reciben su patrimonio sino también sus deudas y obligaciones. ¿Pueden estas deudas ponerte en situación de insolvencia?

También sabrás que la recuperación del patrimonio puede dejar sin efectos el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. ¿Bajo qué circunstancias una herencia puede provocar que se restauren tus deudas? ¿Puedes negarte a heredar si el BEPI se va a quedar sin efectos?

En este artículo te contamos todas las relaciones entre la Ley de Segunda Oportunidad y las herencias para que sepas cómo reaccionar si tienes que recibir una herencia con deudas o si tienes en vigor un BEPI provisional.

Contáctanos y descubre si puedes

Cancelar tus deudas

Las herencias con deudas

En nuestro ordenamiento jurídico, las herencias suponen la adquisición de los bienes y derechos del fallecido, pero también de sus deudas y obligaciones. Además, para heredar hay que pagar los correspondientes impuestos, entre los que destacan el de sucesiones y la plusvalía.

Esto provoca que algunas herencias supongan una verdadera carga para los herederos. Por eso existen mecanismos para evitar la transmisión de las deudas.

El más conocido es la aceptación a beneficio de inventario. Aceptar una herencia a beneficio de inventario supone que sea el propio caudal hereditario quien responda de las deudas. De modo que estas no pueden “contagiarse” a nuestro patrimonio.

El problema es que si el pasivo en la herencia es superior al activo, terminaremos por perder la herencia, que deberá aplicarse al pago de las cargas.

Este funcionamiento del sistema hereditario conlleva que una herencia se puede convertir en una carga familiar. Por eso muchas personas de avanzada edad que tienen deudas prefieren acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, evitando así que sus herederos terminen cargando con sus deudas.

Cabe destacar que la Ley de Segunda Oportunidad permite, en ocasiones, conservar ciertos activos como la vivienda habitual. Por tanto, al someterse a este proceso una persona puede sanear su situación financiera y dejar a sus familiares una herencia “limpia”.

Las herencias tras la aprobación del BEPI

También puede ocurrir que quien se ha acogido a la segunda oportunidad reciba de pronto una herencia. En este caso es probable que los acreedores exijan su ejecución para recobrar sus deudas.

Para analizar este caso debemos hablar brevemente del proceso de segunda oportunidad:

  1. La Segunda Oportunidad se inicia con la solicitud del Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP). Este acuerdo no es más que una negociación, que permite reestructurar el pasivo para hacerlo más fácil de pagar.
    El AEP está asociado a numerosas ventajas. Por ejemplo, permite paralizar ejecuciones y suspender el devengo de intereses. Además, no es necesario que reciba un voto unánime para que las medidas acordadas sean obligatorias para todos los acreedores.
    Tales medidas pueden incluir quitas y esperas, de modo que el AEP permite cancelar parte de la deuda y fraccionar el pago del resto.
  2. Si el AEP no funciona, el deudor tendrá que acudir al concurso consecutivo. Tras liquidar su patrimonio podrá pedir al juez concursal el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).
    Este beneficio consiste en la cancelación completa de todas las deudas. Pero dependiendo del estado económico del deudor podrá concederse:
    1. De forma definitiva. Para ello habrá que abonar parte de las deudas. En este caso la exoneración será automática y definitiva.
    2. De forma provisional. Se hace cuando el deudor carece por completo de liquidez. Las deudas privilegiadas se fraccionarán en un plan de pagos de segunda oportunidad que se prolongará hasta cinco años, cancelándose el resto de las deudas.

Veamos cómo afecta la herencia a cada una de las etapas del proceso de segunda oportunidad.

La herencia en el acuerdo extrajudicial de pagos

Nada dice la Ley Concursal de la herencia en el AEP. De modo que, salvo que se haya previsto algo en el propio acuerdo, cabe suponer que en nada afecta el cobro de una herencia a lo estipulado en el acuerdo extrajudicial de pagos.

Sin embargo, es importante calcular el coste de la herencia antes de formalizar su aceptación. Debemos recordar que podemos aceptarla a beneficio de inventario, así como que podemos rechazarla si el pasivo supera al activo. En caso contrario podríamos vernos de nuevo en situación de insolvencia.

La herencia en el BEPI

Una vez concedido el BEPI, existen dos situaciones en que se puede revocar ante una herencia:

  • Si el deudor ocultó la herencia a la hora de solicitar la segunda oportunidad, cualquiera de sus acreedores podrá exigir la revocación del BEPI en un plazo de 5 años desde que se aprobó.
  • Además, cuando el BEPI se conceda en su modalidad provisional, durante el plazo de cumplimiento del plan de pagos, cualquier acreedor podrá solicitar la revocación del BEPI si el deudor mejora sustancialmente su situación económica.

Este segundo punto es muy importante, ya que la propia Ley Concursal señala explícitamente la herencia como causa de mejora que habilita para solicitar la revocación del BEPI. Esta solicitud se tramitará mediante el juicio verbal, y puede implicar la recuperación de acciones para recuperar el pago de las deudas que no se hubieran pagado al terminar el concurso.

Debemos destacar que para que esta solicitud prospere es necesario que la herencia recibida permita al deudor pagar todas las deudas pendientes sin detrimento de sus obligaciones de alimentos. De modo que las herencias “pequeñas” podrían no tener efecto sobre el BEPI.

¿Puedo negarme a heredar en perjuicio de mis acreedores?

El artículo 1001 del Código Civil determina que si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus acreedores, estos pueden pedir al Juez la autorización para aceptar la herencia en su nombre.

Esta autorización tiene un límite: los acreedores solo podrán recibir lo que baste para pagar las deudas. Es decir, no podrán enriquecerse a costa de tu herencia, pero podrían obligarte a aceptar una herencia.

En definitiva, una herencia puede ser problemática si conlleva muchas deudas o si estás en pleno cumplimiento del plan de pagos. Si tienes dudas a la hora de sanear tu situación financiera o de aceptar o no una herencia, nuestra recomendación es que consultes tu caso con un abogado especialista en gestión de deudas. En Debify contamos con un equipo con amplia experiencia. Puedes contactar con nosotros gratuitamente y sin compromiso a través de nuestro formulario.

Contáctanos y descubre si puedes

Cancelar tus deudas


Responsable: DEBIFY ALSP, S.L Finalidad: Dar respuesta a las solicitudes de información, legitimación: consentimiento del interesado, destinatarios: no se comunicarán datos a terceros, derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, como se explica en la información adicional. Política de Privacidad.

logo espana

Debify ASLP SL, CIF: B42718080, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Hoja 557512, Tomo 47626, Folio 58, Inscripción 1 . Carlos Guerrero Martin, Director Legal inscrito como Mediador en el Ministerio de Justicia. 

envelopephone-handset